
El final de año ha traído una serie de novedades normativas que pretenden favorecer la inversión y la generación de ahorro. Por una parte, la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, ha modificado la Ley 35/2006 del IRPF, de la que cabe destacar la novedad de los Planes de Ahorro a Largo Plazo,
que pueden instrumentarse como contratos de depósito o como seguros (en este caso bajo la denominación de seguros individuales de ahorro a largo plazo -SIALP-), cuyos rendimientos están exentos siempre que el contribuyente no efectúe disposición alguna del capital resultante del Plan antes de finalizar el plazo de cinco años desde su apertura.
En materia de previsión social, una de las novedades destacadas que ha traído la Ley 26/2014 es la disminución de los límites de reducción fiscal para las aportaciones efectuadas por los contribuyentes (salvo las destinadas al cónyuge, que se incrementan) y la supresión de los específicos para mayores de 50 años.
La modificación anterior ha provocado, a su vez, la del texto refundido de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones (TRLPFP) al objeto de adaptar los límites financieros de aportación a planes de pensiones a los de reducción fiscal. También se ha modificado esta norma para establecer la posibilidad de disponer anticipadamente del importe de los derechos consolidados correspondientes a aportaciones con al menos diez años de antigüedad, lo que supone una novedad importante en un producto caracterizado (cada vez menos) por su iliquidez.
Además, para fomentar el ahorro, se incentiva fiscalmente la constitución de rentas vitalicias aseguradas por los contribuyentes mayores de 65 años al declarar exenta la ganancia derivada de la transmisión de cualquier elemento patrimonial, siempre que el importe obtenido se destine a constituir una renta de este tipo.
Por otro lado, se ha publicado el R.D. 1003/2014, de 5 de diciembre, que modifica el Reglamento del IRPF (R.D. 439/2007, de 30 de marzo) para incorporar las modificaciones introducidas por la Ley 26/2014 que entrarán en vigor el 1 de enero de 2015, en especial las obligaciones de pagos a cuenta, sobre todo en el ámbito de las rentas de trabajo, pero que también afectan a los nuevos Planes de Ahorro a Largo Plazo, en los casos en que se disponga de la inversión antes de que transcurran los cinco años que determinan la exención de rendimientos.
Más info: Modificaciones Ley y Reglamento IRPF nov-dic 2014
Por último, el BOE del 13 de diciembre ha publicado la Orden ECC/2329/2014, de 12 de diciembre, por la que se regula el cálculo de la rentabilidad esperada (considerando todos los costes) que las entidades deben proporcionar a sus clientes a partir de la entrada en vigor de la norma (13 de diciembre de 2015). De este modo, los consumidores podrán contar con una referencia para comparar las ofertas existentes en el mercado. Afecta a las operaciones de seguros de vida en las que el tomador no asuma el riesgo de la inversión y haya que dotar provisión matemática (salvo los contratos temporales que incluyan únicamente prestaciones en caso de fallecimiento o invalidez u otras garantías complementarias de riesgo y las rentas vitalicias y temporales sin contraseguro).